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La relación entre ambiente y comercio: el auge del ā€œproteccionismo verdeā€

A pesar de que desde hace décadas existe una tendencia al libre comercio, es prÔctica común que los países utilicen determinados instrumentos de políticas comerciales en sus relaciones económicas internacionales.

Las barreras arancelarias (o aranceles) han sido tradicionalmente el instrumento de polĆ­tica comercial mĆ”s aplicado, concebido como la herramienta legĆ­tima desde el punto de vista multilateral. No obstante, con el objetivo de menguar el libre flujo de mercancĆ­as, los paĆ­ses tambiĆ©n acuden a menudo a las denominadas ā€œbarreras paraarancelariasā€ o ā€œno arancelariasā€, que comprenden una amplia familia de instrumentos de polĆ­tica comercial. AsĆ­, Ć©stos pueden fijar un lĆ­mite al total de mercancĆ­as que se importan o exportan a travĆ©s de cuotas (tambiĆ©n llamadas ā€œrestricciones cuantitativasā€), o determinar que el bien importado contenga determinado porcentaje de insumos nacionales a travĆ©s de una ā€œexigencia de contenido nacionalā€, o establecer determinadas regulaciones de seguridad o salubridad en torno a un producto.



En relación a ello, varios paĆ­ses desarrollados han aplicado a lo largo de los aƱos barreras no arancelarias relativas a la cuestión ambiental, como parte de lo que se denomina un ā€œproteccionismo verdeā€ o ā€œproteccionismo ambientalā€. Algunos instrumentos de polĆ­tica comercial aplicables en el marco de dicho proteccionismo, segĆŗn enumeran Lottici, GalperĆ­n y Hoppstock en su artĆ­culo de 2013, pueden ser:


  1. 1) requisitos de acceso a los mercados bajo la forma de medidas tƩcnicas;

  2. 2) requisitos de información;

  3. 3) subsidios internos a la producción e innovación;

  4. 4) aplicación de aranceles aduaneros diferenciales;

  5. 5) pagos en frontera en función de los procesos y métodos de producción y;

  6. 6) derechos compensatorios por subsidios ambientales implĆ­citos.


Ejemplos históricos de utilización de estos tipos de barreras son las restricciones impuestas por parte de Estados Unidos a las importaciones de atĆŗn mexicano, alegando que el mecanismo de pesca de los atunes provocaba la muerte de delfines; o la existencia de determinados estĆ”ndares de seguridad y calidad de la Unión Europea (UE) que abogaban por una carne vacuna libre de hormonas, afectando a las importaciones de la misma. Ambas situaciones –que tuvieron lugar en los aƱos 90- generaron controversias que debieron ser tratadas en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC).


Particularmente en el caso de la UE –y especialmente a partir del lanzamiento del Pacto Verde Europeo en 2020-, su ā€œproteccionismo verdeā€ ha proliferado en los Ćŗltimos tiempos, en función de lo cual comenzaron a idearse proyectos para aplicar barreras ambientales al comercio. En noviembre de 2021, por ejemplo, fue publicada una propuesta legislativa con miras a prohibir la importación de determinados productos cuya elaboración contribuya a una mayor deforestación; mientras que otra propuesta presentada por la Comisión Europea al mes siguiente prevĆ© reglas para las exportaciones de residuos por parte de la UE hacia terceros paĆ­ses, debiendo Ć©stos garantizar una gestión adecuada de los mismos como requisito para dar lugar a dicho comercio. Actualmente, se encuentra en tratativas la propuesta para aplicar un ā€œmecanismo de ajuste en frontera de carbonoā€ sobre productos que hagan uso intensivo del mismo, en aras de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

La existencia del proteccionismo verde y de las barreras ambientales al comercio da cuenta de la ligazón entre medio ambiente y comercio, los que generan efectos mutuos.

Por ejemplo, como se seƱala en un artĆ­culo titulado ā€œAmpliar la contribución del comercio a la prosperidad mundial y a un medio ambiente saludableā€, publicado por la OMC en 2020, factores ambientales como las diferencias climĆ”ticas o la fertilidad del suelo pueden conllevar la localización de producción en un determinado territorio y no en otro. Por otro lado, el transporte de las mercancĆ­as destinadas al comercio internacional contribuye a la contaminación y al aumento de dióxido de carbono en la atmósfera, lo cual demuestra que tambiĆ©n pueden tener lugar externalidades negativas, siendo otro ejemplo de Ć©stas la estimación hecha por Lenzen et al. en 2012, la cual plantea que el 30% de las amenazas a las especies de flora y fauna mundiales podrĆ­an estar asociadas a la producción de bienes y servicios para los mercados extranjeros.


Es en virtud de dichas externalidades negativas que actores como la UE deciden proceder con la aplicación de barreras ambientales al comercio. De hecho, el art. XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglĆ©s) –acuerdo en el marco de la OMC que regula el comercio de bienes- establece excepciones a sus disposiciones, autorizando a las partes a adoptar medidas extraordinarias necesarias para ā€œproteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetalesā€ o ā€œrelativa(s) a la conservación de los recursos naturales agotablesā€, como se indica en los incisos b) y g).


Si bien las barreras verdes al comercio representan una propuesta interesante para contribuir con la preservación del ambiente, también es cierto que son fuente de controversias debido a las consecuencias que generan las barreras no arancelarias, afectando a las exportaciones de terceros, especialmente las de los países en desarrollo. AdemÔs, algunos señalan que la cuestión ambiental es utilizada como un pretexto para dotar de legitimidad y encubrir lo que en realidad son intereses meramente proteccionistas. Al respecto, lo que propone la OMC como meta ideal es lograr un equilibrio entre la salvaguardia del acceso a los mercados y la protección al ambiente, procurando que las medidas que se adopten estén de acuerdo con las normas de la Organización, así como que se dé participación en su elaboración a los países en desarrollo, que son los actores con mayor tendencia a salir perjudicados ante las mismas.


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